Campaña Renta 2025 · IRPF del Ahorro

¿Cuánto se lleva
Hacienda de tus inversiones?

Calcula al céntimo el impuesto sobre tus plusvalías en Bitcoin, criptomonedas, acciones y fondos. Tramos IRPF 2025 actualizados con el nuevo tipo máximo del 30%.

Simulador de Plusvalías · IRPF Ahorro 2025

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Este simulador ofrece una estimación orientativa. No tiene en cuenta compensaciones con pérdidas de ejercicios anteriores, el umbral mínimo de declaración u otras circunstancias personales. Consulta con un asesor fiscal para tu caso concreto.
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Tramos del IRPF del Ahorro 2025: Guía Completa

En la Declaración de la Renta 2025 (que se presenta de abril a junio de 2026), las ganancias patrimoniales derivadas de la venta de criptomonedas, acciones, ETFs y fondos de inversión tributan en la base imponible del ahorro. Esto es completamente independiente de tu salario o rendimientos del trabajo.

La principal novedad fiscal de este ejercicio es la subida del último tramo: las plusvalías que superen los 300.000 euros ya tributan al 30%, dos puntos más que en 2024 cuando el tipo era del 28%.

Tramos vigentes para el ejercicio 2025

Base liquidable del ahorro Tipo IRPF estatal Tipo aproximado total
Hasta 6.000 €9,5%19%
De 6.000 € a 50.000 €10,5%21%
De 50.000 € a 200.000 €11,5%23%
De 200.000 € a 300.000 €13%27%
Más de 300.000 €15%30% — nuevo en 2025

¿Cuándo tributa Bitcoin en la Declaración de la Renta?

Las criptomonedas generan un hecho imponible cuando las vendes por euros, cuando las intercambias por otra criptomoneda diferente (permuta), o cuando las usas para pagar bienes o servicios. Simplemente tener Bitcoin en tu wallet no genera obligación fiscal.

¿Qué pasa con el FIFO en crypto?

Hacienda obliga a usar el método FIFO (First In, First Out) para calcular el coste de adquisición de criptomonedas. Esto significa que cuando vendas, se considera que vendes primero las monedas que compraste antes. Si compraste en diferentes momentos a diferentes precios, el orden importa mucho en tu factura fiscal.

¿Puedo compensar pérdidas con ganancias?

Sí. Si en 2025 has tenido pérdidas en unas inversiones y ganancias en otras, puedes compensarlas entre sí. Si el resultado neto es una pérdida, puedes arrastrarla para compensar ganancias de los 4 ejercicios siguientes.

ETFs y Fondos de Inversión

A diferencia de los fondos de inversión tradicionales (donde puedes traspasar sin tributar), los ETFs no tienen este beneficio fiscal. Cada venta de participaciones de un ETF como el FTSE All-World genera un hecho imponible. Los fondos de inversión sí permiten traspasos sin tributar, lo que es una ventaja fiscal importante a tener en cuenta en tu estrategia.

Staking y recompensas DeFi

Los rendimientos por staking, intereses de plataformas DeFi y recompensas de liquidity mining se consideran rendimientos del capital mobiliario y tributan también en la base del ahorro. El valor en euros en el momento de recibirlos es tu base imponible.

¿Tienes muchas operaciones de crypto?

Herramientas como Koinly o CoinTracking conectan con tus exchanges y generan el informe para la Renta automáticamente.

Ver herramientas crypto →
Guías fiscales · Renta 2025

Todo lo que necesitas saber antes de declarar

Guías detalladas para inversores en criptomonedas, acciones y fondos. Actualizadas para la campaña de la Renta 2025.

Criptomonedas 7 min de lectura

Cómo declarar permutas de criptomonedas en la Renta 2025

Uno de los aspectos más confusos para los inversores en criptomonedas es la tributación de las permutas: es decir, el intercambio de una criptomoneda por otra diferente. Muchos usuarios creen que solo tributan cuando venden sus criptos por euros, pero Hacienda tiene una interpretación mucho más amplia que es fundamental conocer antes de presentar la declaración.

¿Qué es una permuta de criptomonedas?

Una permuta se produce cuando intercambias una criptomoneda por otra distinta. Por ejemplo, si cambias Bitcoin (BTC) por Ethereum (ETH), o si usas BTC para comprar cualquier altcoin en un exchange. Aunque en ningún momento hayas tocado dinero fiduciario (euros o dólares), Hacienda considera que has realizado una transmisión patrimonial en el momento del intercambio.

La Dirección General de Tributos estableció esta interpretación en diversas consultas vinculantes, y la Agencia Tributaria la aplica de manera sistemática desde los ejercicios fiscales de 2018 en adelante. No es una cuestión discutible: cada intercambio cripto-a-cripto es un hecho imponible independiente.

¿Cómo se calcula la ganancia en una permuta?

El cálculo es el siguiente: en el momento en que realizas la permuta, debes comparar el valor de mercado de la criptomoneda que entregas con su coste de adquisición (lo que pagaste originalmente por ella). La diferencia es tu ganancia o pérdida patrimonial.

Por ejemplo: compraste 1 BTC por 20.000€ en 2022. En 2025 intercambias ese BTC por ETH cuando el BTC vale 80.000€. Hacienda considera que has obtenido una ganancia de 60.000€ (80.000 - 20.000), aunque en ningún momento hayas recibido euros. Esa ganancia tributa en la base del ahorro según los tramos del IRPF vigentes.

El método FIFO y su importancia en las permutas

Si has comprado la misma criptomoneda en distintos momentos y a distintos precios (algo muy habitual en el DCA, o Dollar Cost Averaging), Hacienda obliga a aplicar el método FIFO (First In, First Out): se entiende que vendes o permutas primero las unidades que compraste antes. Esto tiene un impacto enorme en el cálculo de la ganancia, especialmente si las primeras compras se realizaron a precios bajos.

Si compraste 0,5 BTC a 10.000€ en 2020 y otros 0,5 BTC a 40.000€ en 2021, y en 2025 permutes 0,5 BTC por ETH cuando el precio es 80.000€, Hacienda entenderá que has permutado los primeros 0,5 BTC (los de 2020), y tu ganancia será de 40.000 - 5.000 = 35.000€, no de 40.000 - 20.000 = 20.000€.

¿Y las comisiones del exchange?

Las comisiones que cobran los exchanges en cada operación son gastos deducibles y reducen la ganancia patrimonial. Conviene llevar un registro detallado de todas las comisiones pagadas a lo largo del año, ya que pueden suponer un ahorro fiscal relevante si operas con frecuencia.

Herramientas para calcular permutas automáticamente

Si has realizado muchas operaciones a lo largo del año, calcular cada permuta de forma manual puede ser inviable. Existen herramientas especializadas como Koinly, CoinTracking o Accointing que se conectan a tus exchanges mediante API o importación de CSV, aplican el método FIFO de forma automática y generan un informe listo para incluir en la declaración. Muchas gestorías fiscales especializadas en crypto exigen que aportes este informe para poder presentar tu declaración correctamente.

¿Qué pasa si no declaro una permuta?

No declarar una permuta de criptomonedas es un error que Hacienda puede detectar a través de los intercambios que operan en España o que han reportado datos de usuarios españoles. Las sanciones por no declarar ganancias patrimoniales van desde el 50% hasta el 150% de la cuota no ingresada, además de los intereses de demora. Es un riesgo que no merece la pena correr.

Obligaciones informativas 8 min de lectura

Guía completa del Modelo 720 y el Modelo 721 para españoles con activos en el extranjero

Si tienes activos financieros fuera de España — ya sea dinero en cuentas extranjeras, acciones en brokers internacionales o criptomonedas en exchanges no españoles — es probable que tengas obligaciones informativas con Hacienda más allá de la declaración de la Renta. Los Modelos 720 y 721 son dos formularios específicos que muchos inversores desconocen y que, si no se presentan cuando corresponde, conllevan sanciones de gran cuantía.

¿Qué es el Modelo 720?

El Modelo 720 es la declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero. Se presenta ante la Agencia Tributaria y su objetivo es informar a Hacienda de los activos que un residente fiscal español tiene fuera del país. No es un impuesto en sí mismo — no pagas nada por presentarlo — pero la obligación de presentarlo existe y su incumplimiento está sancionado.

Los activos que deben declararse se agrupan en tres bloques: cuentas bancarias en entidades extranjeras, valores, derechos, seguros y rentas depositados en el extranjero (acciones, fondos, ETFs, bonos...), e inmuebles situados en el extranjero. El umbral de obligación es de 50.000€ por bloque: si el valor de los activos de un bloque supera esa cifra a 31 de diciembre, estás obligado a presentar el modelo.

¿Qué es el Modelo 721?

El Modelo 721 es la versión equivalente al 720 pero específicamente para criptomonedas y activos virtuales. Fue aprobado a finales de 2023 y es de obligatoria presentación desde el ejercicio 2023. Su plazo de presentación es del 1 de enero al 31 de marzo del año siguiente al que se informa.

Deben presentar el 721 las personas físicas y jurídicas residentes en España que sean titulares, o tengan la condición de beneficiarias, autorizado o con poder de disposición, de criptomonedas en exchanges, wallets o custodios situados fuera de España cuando el valor conjunto supere los 50.000€ a 31 de diciembre.

¿Qué diferencia al 721 del 720?

La diferencia fundamental es el tipo de activo: el 720 cubre activos financieros tradicionales e inmuebles en el extranjero, mientras que el 721 cubre exclusivamente criptomonedas y activos virtuales custodiados fuera de España. Si tienes BTC en Coinbase (empresa americana) por valor superior a 50.000€ a cierre de año, debes presentar el 721. Si además tienes acciones en Interactive Brokers por encima de 50.000€, debes presentar también el 720.

Plazos de presentación

Ambos modelos se presentan entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente al ejercicio informado. Es decir, para informar sobre los activos a 31 de diciembre de 2025, el plazo es del 1 de enero al 31 de marzo de 2026. Una vez presentados, solo es obligatorio volver a presentarlos si el valor de los activos ha incrementado en más de 20.000€ respecto al último ejercicio declarado, o si se produce alguna extinción de titularidad.

Sanciones por no presentar el 720 o el 721

Las sanciones por no presentar el Modelo 720 en plazo son elevadas: 5.000€ por cada dato o conjunto de datos omitido, con un mínimo de 10.000€. Para el Modelo 721 las sanciones son similares. Estas sanciones han sido objeto de controversia legal y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró en 2022 que el régimen sancionador original del 720 era desproporcionado, lo que llevó a una modificación de la norma. Aun así, sigue siendo obligatorio y las sanciones, aunque reducidas respecto al régimen anterior, siguen siendo significativas.

¿Tengo que presentarlos si uso exchanges españoles?

No. Si tus criptomonedas están en exchanges con sede en España o en la Unión Europea que ya reportan a Hacienda, no estás obligado a presentar el 721 por esos activos. Los exchanges españoles como Bit2Me, o europeos que operan bajo la normativa MiCA, reportan directamente a la Agencia Tributaria la información de sus usuarios españoles.

Novedades fiscales 6 min de lectura

Novedades del IRPF para inversores en Bitcoin y criptomonedas en 2025

La fiscalidad de las criptomonedas en España sigue evolucionando. La campaña de la Renta 2025 presenta varias novedades que afectan directamente a los inversores en Bitcoin y otros activos digitales. Conocerlas con antelación puede marcar la diferencia entre pagar lo justo o encontrarse con sorpresas desagradables al presentar la declaración.

El nuevo tipo máximo del 30% para ganancias superiores a 300.000€

La novedad más destacada del ejercicio 2025 es la creación de un nuevo tramo en la base del ahorro para ganancias que superen los 300.000€. Hasta 2024, el tipo máximo era del 28%. Para el ejercicio 2025 ese tipo sube al 30%. Esto afecta principalmente a grandes inversores que hayan realizado ventas o permutas con plusvalías muy elevadas, algo que no es infrecuente entre los early adopters de Bitcoin que vendieron posiciones acumuladas desde los primeros años.

Obligación de informar sobre saldos en exchanges: el Modelo 172 y 173

Aunque estos modelos son una obligación de los exchanges y no directamente del inversor, su existencia tiene implicaciones importantes. El Modelo 172 obliga a los proveedores de servicios de criptomonedas en España a informar a Hacienda sobre los saldos de sus usuarios a 31 de diciembre. El Modelo 173 exige reportar las operaciones realizadas durante el año. El resultado práctico para el inversor es que Hacienda tiene acceso a información muy detallada de tus operaciones en los exchanges que operan en España, lo que hace prácticamente imposible ocultar ganancias.

Compensación de pérdidas: reglas y límites

Una de las posibilidades más ventajosas para el inversor en crypto es la compensación de pérdidas con ganancias. En 2025 se mantienen las reglas vigentes: las pérdidas patrimoniales (bajadas de precio en cryptos vendidas con pérdida) pueden compensarse con las ganancias patrimoniales del mismo ejercicio. Si el resultado neto es negativo, puedes arrastrarlo para compensar ganancias en los cuatro ejercicios siguientes.

También es posible compensar pérdidas patrimoniales con rendimientos del capital mobiliario (como los intereses de staking) y viceversa, aunque con un límite del 25% del saldo positivo de cada categoría. Esta flexibilidad permite una planificación fiscal que puede reducir significativamente la factura total.

El tratamiento fiscal del staking y el yield farming

Los rendimientos obtenidos por staking, yield farming, liquidity mining o préstamos DeFi siguen tributando como rendimientos del capital mobiliario en la base del ahorro. El momento de imputación es el de la recepción de los tokens de recompensa, y el valor que se imputa es el de mercado en ese momento. Esto puede generar situaciones paradójicas: si recibes tokens de recompensa que luego pierden valor, habrás pagado impuestos sobre algo que ya no vale lo que valía cuando lo recibiste.

NFTs y coleccionables digitales

La venta de NFTs genera una ganancia o pérdida patrimonial calculada como la diferencia entre el precio de venta y el coste de adquisición, incluidas las comisiones de la transacción. Si has creado NFTs y los vendes como creador, el tratamiento puede ser diferente (rendimientos de actividad económica) dependiendo de si se realiza de forma habitual y organizada. En caso de duda, es recomendable consultar con un asesor fiscal especializado.

Planificación fiscal para inversores en crypto

El cierre del ejercicio fiscal es el momento ideal para revisar tu cartera y tomar decisiones con impacto fiscal. Si tienes posiciones con pérdidas latentes, puedes plantearte materializarlas antes del 31 de diciembre para compensar ganancias del mismo año. Si tienes ganancias muy elevadas que van a superar un tramo, analiza si puedes diferir alguna venta al ejercicio siguiente. Y si estás acumulando, considera el impacto fiscal de las permutas antes de hacer rebalanceos entre criptomonedas.

Inversión tradicional 7 min de lectura

Cómo tributan los ETFs, fondos de inversión y acciones en la Renta 2025

Los inversores en bolsa tradicional — acciones, ETFs o fondos indexados como el FTSE All-World o el S&P 500 — también tienen que enfrentarse a la declaración de la Renta y entender cómo tributan sus operaciones. Aunque el régimen fiscal es más conocido que el de las criptomonedas, existen diferencias importantes entre los distintos vehículos de inversión que conviene dominar para optimizar la carga fiscal.

Tributación de las acciones

Las acciones tributan de forma sencilla: cuando vendes y obtienes una ganancia, esa plusvalía va a la base imponible del ahorro y tributa según los tramos del IRPF vigentes (19%, 21%, 23%, 27% o 30% dependiendo del importe). El coste de adquisición incluye el precio pagado más las comisiones del broker. Si recibes dividendos, estos también tributan como rendimientos del capital mobiliario en la base del ahorro, con retención en origen del 19%.

El método de valoración para acciones cotizadas también es el FIFO, al igual que en criptomonedas: si compraste acciones de la misma empresa en distintas fechas y a distintos precios, se entiende que vendes primero las más antiguas.

La ventaja fiscal de los fondos de inversión: el traspaso

Los fondos de inversión tradicionales cuentan con una ventaja fiscal que no tienen las acciones ni los ETFs: el traspaso entre fondos sin tributación. Si tienes dinero en un fondo de renta variable y quieres pasarlo a un fondo de renta fija, puedes hacerlo sin que se genere ningún hecho imponible. Solo tributas cuando realizas un reembolso final en dinero. Esto permite mantener una estrategia de gestión de la cartera con total flexibilidad sin incurrir en costes fiscales en cada movimiento.

Esta ventaja hace que los fondos de inversión sean especialmente atractivos para estrategias de largo plazo donde se realizan ajustes periódicos de la cartera, ya que cada rebalanceo en acciones o ETFs genera un hecho imponible, mientras que en fondos no.

ETFs: potentes pero sin la ventaja del traspaso

Los ETFs (fondos cotizados) como el Vanguard FTSE All-World, el iShares MSCI World o cualquier otro que cotice en bolsa, no gozan de la ventaja del traspaso. Cada venta de participaciones genera un hecho imponible, aunque inmediatamente reinviertas el dinero en otro ETF. Esto penaliza fiscalmente los rebalanceos frecuentes.

Sin embargo, los ETFs tienen otras ventajas sobre los fondos tradicionales: menor coste de gestión, mayor transparencia, cotización en tiempo real y posibilidad de comprar fracciones en algunas plataformas. Para inversores con horizonte de muy largo plazo que no realicen rebalanceos frecuentes, la diferencia fiscal con los fondos se reduce considerablemente.

Dividendos y su tributación

Los dividendos de acciones y los dividendos de ETFs de reparto tributan como rendimientos del capital mobiliario en la base del ahorro, al igual que los intereses bancarios o los cupones de bonos. La empresa o el broker aplican una retención del 19% en origen, que luego se deduce en la declaración. Si el tipo que corresponde a tu nivel de ingresos del ahorro es superior al 19%, tendrás que ingresar la diferencia; si es inferior (algo que ocurre si tienes pocas ganancias), podrías incluso tener derecho a devolución.

Pérdidas en bolsa: la regla de los dos meses

Una regla que muchos inversores desconocen es la llamada norma antiaplicación o regla de los dos meses: si vendes acciones o participaciones de un fondo con pérdidas y en los dos meses anteriores o posteriores a esa venta recompras los mismos títulos (o similares), Hacienda no permite que computes esa pérdida en el ejercicio. La pérdida queda diferida hasta que vendes definitivamente. Esta norma existe para evitar que los inversores generen pérdidas artificiales a final de año simplemente para compensar ganancias, y su incumplimiento puede generar problemas en una revisión fiscal.

Cuentas en brokers extranjeros: obligaciones adicionales

Si inviertes a través de brokers internacionales como Interactive Brokers, Degiro, Trading212 o similares, debes tener en cuenta que además de declarar las ganancias en la Renta, es posible que tengas obligaciones adicionales. Si el saldo de tu cartera supera los 50.000€ a 31 de diciembre, deberás presentar el Modelo 720. Además, estos brokers no siempre aplican retenciones en España, por lo que es probable que tengas que ingresar el 100% de los impuestos al presentar la declaración, sin que haya retención previa que reducir.